Khemed, Syldavia y Borduria están teniendo negociaciones
sobre la soberanía de Khemed. Habiendo aceptado la regla de maximin,
van a compartir la soberanía. Hasta
ahora sabemos QUIEN formará parte de las negociaciones: Khemed, Syldavia y
Borduria; POR QUÉ son parte de las negociaciones: porque cada uno de ellos
tiene un reclamo verosímil; y QUÉ harán con la asignación de soberanía: van a
compartir la soberanía mediante la aplicación de maximin. Es hora de discutir COMO
se decidirán estas porciones de soberanía. Para hacer esto, los
representantes de cada población (Khemed, Syldavia y Borduria) están revisando
una serie de opciones posibles para tomar una decisión sobre cómo compartir la
soberanía sobre Khemed.
La
primera idea que todos los representantes revisaron y rechazaron fue el derecho
histórico. Es decir, ¿qué sería
más justo que otorgue la soberanía (o la mayor parte de la soberanía) a quien llegó
o estuvo primero en esa tierra? ¿Qué sería más justo que darle a cada quien lo
que se le debe? Sin embargo, al principio simple, los representantes se han
dado cuenta que este enfoque no resolverá la cuestión y solo traerá
controversia.
Es hora de revisar con la segunda opción. Ahora los
representantes en nuestra historia considerarán qué tipo de elección, si es que
hay alguna, podría ser mejor para una de las partes que originalmente está en
una situación comparativamente mala (Khemed) y, de ser así, si eso justificara
dejar a las otras dos con porciones de soberanía más pequeñas. Eso
es porque Khemed no es un Estado totalmente independiente y soberano. Syldavia y Borduria lo son. Cualquiera de los
representantes puede presentar un reclamo por el cual la población con más
necesidades o más vulnerable de cualquier forma debe ser protegida por las otras
dos partes que se encuentran comparativamente en una mejor situación.
A
primera vista, el principio adaptado garantizaría la situación de los
habitantes de Khemed. Con
una población pequeña y un territorio pequeño, a pesar que tienen el raro metal
que todas las partes quieren, los Khemedians no pueden explorar y explotar el
precioso recurso natural. Su principal fuente de ingresos es la
exportación de productos básicos obtenidos de la pesca y la agricultura. Ellos
no tienen ningún medio para defender la isla. Finalmente, la soberanía de la
isla ha sido reclamada continuamente por los dos Estados soberanos en nuestra
historia, Syldavia y Borduria. Como Syldavia y Borduria nunca se han interesado
por Khemed y su tierra, siempre han mantenido relaciones bilaterales pacíficas.
Como sabemos, esto ha cambiado recientemente. Por lo tanto, esta negociación
está teniendo lugar. Por implicación, Syldavia y Borduria deberían cumplir
ciertas obligaciones con Khemed. De esa forma, el bienestar de las personas en
Khemed estaría protegido. Sus intereses serían primordiales para las tres
partes.
Los
representantes considerarían que este enfoque podría tener que enfrentar una
serie de problemas. Primero, los representantes saben que están actuando en
nombre de Khemed, Syldavia o Borduria. Pero, no saben exactamente a quién
representan en realidad. Entonces,
si esta fuera la opción elegida, podrían favorecer a cualquier otra parte que
no sea la suya. Es decir, pueden ser de Syldavia o Borduria, pero este tipo de
decisión solamente favorece a Khemed.
En segundo lugar, no hay razón particular alguna para
dar prioridad a una población sobre otra. Más específicamente, la
aplicación de este enfoque no garantiza una solución justa para este conflicto
de soberanía, ya que puede darse el caso de que la parte más vulnerable sea uno
de los Estados soberanos reclamantes (Syldavia o Borduria) y no la población de
Khemed.
Finalmente, la aplicación de este segundo enfoque
exclusivamente a favor de Khemed niega que los derechos de las otras dos partes
(Syldavia y Borduria) sean de igual importancia. Los representantes tendrían
que asumir que, por la razón que fuera, Khemed tiene un tipo particular de
prioridad. Más importante aún, una vez que las negociaciones terminaran, los
representantes tendrían que justificar esta suposición a toda la población de
Syldavia y Borduria.
Por
todos estos motivos, es muy poco probable que los representantes de los tres
pueblos estén de acuerdo y favorezcan solo a una de las partes, en este caso
Khemed.
En
resumen, los representantes de Khemed, Syldavia y Borduria estuvieron de
acuerdo en que el tercer territorio no pertenece a sus habitantes (no importa
por qué) y que no argumentarán sobre sus supuestos derechos históricos sobre
él. No saben qué grupo
representan y, por lo tanto, no saben qué conjunto de argumentos históricos
favorecerán a su pueblo o a alguna de las otras partes. Entonces, reconocen que
hacer que la resolución de este tipo de disputa se centre en historia solamente
garantizará interminables controversias. En consecuencia, aceptan que
cada uno de ellos tiene derecho a cierta soberanía sobre el tercer territorio. Además de esto, ninguno de los representantes puede
obtener ventaja especial alguna para quien represente o puede ponerlos en una
situación de desventaja particular. En consecuencia, el acuerdo debe ofrecer
una solución que no sólo beneficie a una de las partes, sino que de alguna
manera incluya a todos los reclamantes. Por lo tanto, se han dado cuenta que
compartir la soberanía es la mejor opción para todos ellos (mediante la
aplicación de la regla de maximin). Esto se debe a la naturaleza de las partes
y al hecho de que cada una de ellas tiene un reclamo a su favor, que les otorga
un interés legítimo en la soberanía sobre Khemed. ENtonces, y como ahora
necesitan resolver los detalles de cómo compartir la soberanía, explorarán las
posibilidades de aplicar estos principios en las negociaciones.
Los próximos posts compararán y contrastarán dos
soluciones posibles a este conflicto desde puntos de vista opuestos: si las
participaciones respecto de la soberanía deberían ser diferentes o si las participaciones
de la soberanía deberían ser iguales. El primero generará preguntas sobre qué
tipo de diferencia se tomaría en cuenta para definir el alcance de cada parte
de soberanía. El último, sin duda, abrirá los argumentos a las preguntas
relacionadas con la forma en que podemos asegurar partes iguales de, por
ejemplo, objetos o actividades que no se pueden dividir.
Jorge
Emilio Núñez
27
de octubre de 2017
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