Monday 28 January 2013

Malvinas y el derecho de autodeterminación (parte 2)


Las Islas Malvinas tendrán un referéndum pronto.  Elementos políticos y jurídicos son protagonistas. Entre ellos, uno fundamental es el término "autodeterminación". Anteriormente hemos visto cómo este mismo término ha sido utilizado tanto por los gobiernos de Argentina y el Reino Unido con contenidos diferentes, incluso en el mismo país. Por otra parte, hemos mencionado algunos documentos de Derecho Internacional Público (DIP) que incluyen la idea. A continuación el enlace para visitar nuevamente el texto correspondiente:

Malvinas y el derecho de autodeterminación

En un caso y el otro, discursos políticos y DIP, el principal problema viene dado por la expresión en sí y la falta de una definición precisa. Sin embargo, eso no es exclusivo de la autodeterminación. Para aquellos que están en las ciencias políticas y jurídicas, un concepto ambiguo, no claramente definido, es algo casi de esperar. Así que vamos a tratar de traer algo de luz a lo que parece ser un problema oscuro.De una manera sencilla y esquemática, podemos ver que:

1) La autodeterminación es reconocida mundialmente como imperativo aún incluido en muchos documentos de Derecho Internacional Público.

2) En términos generales, esto significa que la gente "pueda decidir su destino".

3) Por gente se entiende habitantes.

4) Los isleños de las Falklands/Malvinas han afirmado su derecho a la autodeterminación.

5) Los isleños de las Falklands/Malvinas han expresado con anterioridad su intención de mantenerse como territorio de ultramar del Reino Unido.

6) En consecuencia, el resto de la sociedad internacional sólo puede reconocer sus deseos.

Hasta ahora, parece un simple, sencillo y, aun lógicamente correcto argumento. ¿Es así de fácil? ¿Por qué entonces tantos problemas? Nos centraremos ahora en sólo uno de los elementos mencionados en las últimos 6 oraciones para ver las posibles deficiencias de esta forma de entender la autodeterminación. A partir de ahí vamos a ver cómo cambia una cosa fácil en una pesadilla interpretativa y argumentativa.

En el caso particular de las Falklands/Malvinas el gobierno argentino niega que los isleños sean "personas". Y vamos a poner de relieve que no sólo el gobierno argentino, sino también muchos otros alrededor del mundo que apoyan el reclamo de Argentina o que tienen sus propios conflictos de soberanía similares e interpretan "pueblo" en la misma forma.En cualquier caso, suponiendo que seguimos esta interpretación (isleños no son "pueblo" en el sentido que cumplan con los requisitos para el derecho a la autodeterminación), su argumento se basa en varias razones, siendo las más importantes:

a) Los isleños no tienen raíces en el territorio reclamado. Ellos fueron "implantados" por una de las partes en conflicto.Este es uno de los argumentos fundamentales que el gobierno de Argentina usa contra los isleños de Malvinas. Un congtra-argumento muy conocido: los argentoinos son principalmente descendientes de ancestros europeos. Por lo tanto, también sería una población americana no original y por lo tanto, de alguna manera implantado. ¿Quién tiene la razón?!

b) Número: los isleños son muy pocos.Es un hecho: los isleños de Malvinas son menos de 3000 personas. ¿Es ese un número lo suficientemente grande como para reconocer su derecho a la autodeterminación? Es un número mínimo de habitantes requerido en absoluto?La realidad muestra como varios ejemplos de países con poblaciones muy grandes como China e India. Pero también incluye a otros con mucho menor número de habitantes como el Vaticano (incluso menos que en las Malvinas). Al parecer, los números no importan. O bien puede parecer que los números son importantes, pero no absolutamente.

c) Resolución de la Asamblea General de la ONU 1514 art. 6: "Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".Esto se conoce como la "integridad territorial". De hecho, la plataforma continental de la Argentina se extiende hasta las islas Malvinas. Pero también es cierto que si aplicamos el principio de la medida al extremo, otros países también resultarían afectados con sus territorios de ultramar. ¿Y Francia podrá entonces reclamar territorio británico si se demuestra que estan unidos territorialmente?!

Aunque este es un punto interesante para discutir, hay uno más importante relacionado con este último argumento. ¿Qué pasa si la autodeterminación es sólo un subterfugio para los separatistas? En otras palabras, se trata de un derecho concedido por defecto o es necesario cumplir ciertos requisitos?Vamos a buscar las respuestas a estas y otras preguntas el jueves. Hasta entonces, nos vemos.

1 comment:

  1. Primero, el Estado argentino nunca mencionó que los isleños no son personas ¿Dónde leíste eso?
    Cuando se habla de "población trasplantada" se hace referencia a que es un grupo de personas que fueron enviadas con el único objetivo de habitar las islas como sucede en cualquier proceso colonialista, es decir para que se concrete una operación de invasión y coloniaje los ingleses necsitaron enviar gente.
    Vos comparaste la población trasplantada en las islas con la inmigración europea. Sí, muchos descendemos de inmigrantes europeos, pero eso responde a un proceso migratorio espontáneo, consecuencia de diversos motivos de ninguna manera relacionados con el colionalismo.
    Otra cuestión en la que cometiste un error es en dar importancia a los "deseos" de los isleños, deberías saber que el Derecho internacional no responde a deseos si no a intereses.
    Por tanto, el referéndum próximo carece de valor para el derecho internacional, ya que no tiene importancia el deseo de los habitantes de Malvinas, mucho menos porque es una disputa de soberanía que un puñado de habitantes trasplantados no puede decidir, si no que es tarea del gobierno británico sentarse en una mesa de diálogo como establece la resolución de la ONU.
    PD: Hace unos días los 54 países de África reconocieron los legítimos derechos de soberanía de la Argentina sobre Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
    Saludos,
    Luisina.

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