Cataluña es una comunidad autónoma en España. Su status
autónomo es especial. El estatuto de Autonomía de Cataluña es la ley orgánica
fundamental, en rango legal y político, sólo después de la Constitución
española de la que se origina el Estatuto.
El 9 de noviembre de 2015, los legisladores
catalanes aprobaron un plan de secesión de España para 2017. El plan fue
suspendido por el Tribunal Constitucional español, pero el gobierno catalán ha
insistido en que completará el plan a pesar de la suspensión. El 9 de junio de
2017, el Gobierno catalán anunció el referéndum de independencia. Sin embargo,
los tribunales españoles han declarado el referéndum como ilegal. Hoy, domingo
1 de octubre el referéndum es una realidad.
¿Qué es un referéndum?
Debemos ser muy precisos al contestar esta pregunta.
De hecho, existen dos conceptos interrelacionados: a) el concepto de
autodeterminación; y b) el concepto de referéndum.
Para el concepto de autodeterminación tenemos que
revisar lo que el Derecho Internacional Público (DIP) dice al respecto. El
hablar sobre el significado y las razones detrás de los discursos y documentos
políticos puede ser entretenido, pero no ofrece ninguna herramienta útil real o
legal para entender el problema. Así que nos centraremos ahora en algunos de
los documentos que son hoy en día parte de DIP, y que tanto los gobiernos de España
y Cataluña a menudo mencionan. Para ilustrar el punto:
Capítulo 1, artículo 1, parte 2 de la Carta de la
ONU establece entre sus propósitos: "El desarrollo de relaciones amistosas
entre las naciones, basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos
y autodeterminación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para
fortalecer la paz universal "
Resolución de la Asamblea General de la ONU 1514
Artículo 2: "Todos los pueblos tienen el derecho de autodeterminación; en
virtud de este derecho establecen libremente su condición política y persiguen
libremente su desarrollo económico, social y cultural "
Resolución de la Asamblea General de la ONU 2649
Artículo 1: "Afirma la legitimidad de la lucha de los pueblos bajo
dominación colonial y extranjera reconocidos como titulares del derecho a la
autodeterminación de restaurar para sí mismos ese derecho por todos los medios
a su disposición"
Asamblea General de la ONU la resolución 2625 Artículo:
"El principio de la igualdad de derechos y la autodeterminación de los
pueblos"
y otros.
Aquí podemos ver de inmediato el origen de la
disparidad en la interpretación y la clave para utilizar el mismo concepto de
autodeterminación en diferentes formas dependiendo del interés que apoyamos.
Debido a la vaguedad y ambigüedad del lenguaje normas legales tendrán
necesariamente una textura abierta. Y debido a la textura abierta del lenguaje,
habrá distintas interpretaciones respecto a cada norma legal. En términos más
simples, toda palabra (y también sucede en la ley) puede tener diferentes
significados; por ejemplo, una norma que prohíbe "vehículos" en el
centro de la ciudad fácilmente se entiende para los coches; pero, ¿qué pasa con
las bicicletas?
La autodeterminación como concepto jurídico tiene
los mismos problemas. El término en sí mismo y sus componentes no están
claramente definidos (¿qué significan "pueblo", "nación" y
"derecho"?). Este fenómeno se "traduce" en los argumentos
procedentes de España para validar su política en cuanto a Cataluña. Pero
también es "traducida" en contra-argumentos procedentes de los
catalanes para mostrar exactamente lo contrario.
Como podemos ver, el principal problema está dado
por el término en sí mismo y la falta de una definición precisa. Sin embargo,
eso no es exclusivo de la autodeterminación. Para aquellos que están en las
ciencias políticas y jurídicas, un concepto ambiguo, no está claramente
definido, es algo casi de esperar por defecto. Así que vamos a tratar de traer
algo de luz en lo que parece ser un problema oscuro.
De una manera sencilla y esquemática, podríamos ver
que:
1) La autodeterminación es reconocida mundialmente
como imperativo incluido en muchos de los documentos de Derecho Internacional
Público.
2) En términos generales, esto significa que la
“gente”, las personas "pueden decidir su destino" político.
3) Por “gente” se entiende habitantes.
4) Cualquier grupo de personas-habitantes-pueden hacer
valer su derecho a la autodeterminación.
5) En consecuencia, el resto de la sociedad
internacional sólo puede reconocer sus deseos.
Un referéndum es uno de los medios para expresar
estos deseos. Es decir, un referéndum es un voto general por parte del
electorado en una sola cuestión política. Si se aplica a la autodeterminación,
por lo general significa que los habitantes decidirán si constituyen una
organización política independiente o permanecen con el estatus político que
actualmente tienen-por ejemplo, una provincia, un territorio de ultramar, etc.